El sistema TicketBai (TBAI) entrará en vigor de forma diferente en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa. Así, cada una de las provincias de la Comunidad Autónoma del País Vasco ha establecido pautas diferentes tanto en su calendario de implantación como en su tramitación.
TicketBai en Gipuzkoa |
TicketBai en Bizkaia |
TicketBai en Araba |
Odoo adaptable a TicketBai |
La normativa TBAI nace enmarcada en el Plan Conjunto de Lucha contra el Fraude Fiscal del País Vasco. Esta normativa ha entrado en vigor con el fin de terminar con la evasión fiscal y simplificar las relaciones con la Hacienda Foral.
TicketBai en Gipuzkoa
Gipuzkoa optará por un envío automático de la información, es decir, cada vez que se cree una factura con su correspondiente código QR, la Hacienda recibirá los datos de forma inmediata por lo que será necesario tener conexión a internet.
Plazos para la implantación de TicketBai en Gipuzkoa
- Fecha voluntaria para su aplicación: a partir del 1 de enero de 2021.
- Fecha obligatoria para su aplicación: a partir del 1 de julio de 2022. Será exigible en función de la actividad empresarial, profesional o artística que ejerzan y según los grupos previstos en los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
Calendario de implantación
El 1 de julio de 2022:
- Los que prestan con habitualidad servicios de gestión en materia tributaria, a los que se refiere el artículo 9 de la Orden Foral 582/2014, de 5 de noviembre.
El 1 de septiembre de 2022, actividades comprendidas en los siguientes epígrafes:
- En la sección 1, los comprendidos entre los grupos 834 y el 849.
- En la sección 2, los comprendidos entre los grupos 011 y el 841.
El 1 de noviembre de 2022, actividades comprendidas en los siguientes epígrafes:
- En la sección 1, los comprendidos entre los grupos 641 y el 665 y entre los grupos 671 y el 687.
- En la sección 2, los comprendidos entre los grupos 851 y el 899.
El 1 de abril de 2023, actividades comprendidas en los siguientes epígrafes:
- En la sección 1, los comprendidos entre los grupos 501 y el 508; entre los grupos 691 y el 757; el grupo 833; y entre los grupos 851 y el 999.
El 1 de junio de 2023: Actividades agrícolas, ganaderas dependientes, forestales, pesqueras, así como el resto de actividades empresariales, profesionales o artísticas no especificadas en las tarifas del impuesto, y las actividades comprendidas en los siguientes epígrafes:
- En la sección 1, los comprendidos entre los grupos 011 y el 495; entre los grupos 611 y el 631; y entre los grupos 761 y el 832.
- En la sección 3, los comprendidos entre los grupos 011 y el 059.
Exención del cumplimiento de TBAI
Quedan exoneradas de la obligación TicketBAI las personas físicas contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar desarrollando actividades económicas a 31 de diciembre de 2021 y tener 60 o más años.
- No pertenecer al colectivo de personas físicas obligadas a relacionarse con la Administración por medios electrónicos por el ejercicio de una actividad profesional que requiera obligatoriamente la colegiación y,
- No tener trabajadores contratados por cuenta ajena durante el año 2021. Los autónomos colaboradores no se consideran trabajadores por cuenta ajena. Se considera autónomo colaborador a los cónyuges o familiares hasta 2º grado de consanguinidad, afinidad o adopción que convivan con el titular de la actividad y colaboren con el trabajador autónomo de forma personal, habitual y directa y no tengan la condición de asalariados.
Incentivos fiscales por implantación de TBAI en Gipuzkoa
Desde la Hacienda Foral se quiere animar a los y las contribuyentes a “dar el salto” y sumarse al proyecto acogiéndose al período voluntario que está abierto desde el 1 de enero de 2021.
Mediante un un nuevo Decreto foral-Norma (30/07/2021), Gipuzkoa amplía el periodo voluntario de TicketBAI hasta un mes antes de su entrada en vigor obligatoria. De este modo, los y las contribuyentes que decidan entrar en el periodo voluntario podrán aplicarse la deducción incrementada, que asciende al 60% del gasto realizado tanto en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como en el Impuesto sobre Sociedades y con un límite de 5.000 euros, hasta un mes antes de que les resulta de obligado cumplimiento.
TicketBai en Bizkaia
TicketBai forma parte del Proyecto Batuz, es decir, la presentación de Libros Registros de Operaciones Económicas mediante el Modelo 140 (para autónomos) y 240 (para empresas) y la futura presentación de los borradores de las declaraciones de IVA e IS.
Las grandes empresas obligadas al SII, deberán enviar el LROE en el mismo plazo que el SII, es decir, en un plazo máximo de 4 días. Para el resto de empresas, el plazo para enviar los ficheros dependerá del trimestre en que se realice la operación. Como máximo podrá hacerse 25 días tras el vencimiento del trimestre, es decir, como máximo el 25 de abril, 25 de julio, 25 de octubre y 31 de enero.
El envío del LROE también debe realizarse de forma telemática mediante software específico adaptado.
Plazos para la implantación de TicketBai en Bizkaia
- Fecha voluntaria para su aplicación: a partir del 1 octubre de 2020. Es posible cumplir voluntariamente con parte de las obligaciones de BATUZ a partir del 1 de octubre de 2020. El periodo voluntario de adopción de BATUZ es exclusivamente a efectos de la generación de facturas de acuerdo con los requisitos del sistema TicketBAI. Este periodo de adopción voluntaria no engloba el envío de los ficheros TicketBAI a la Administración tributaria ni tampoco la llevanza de los Libros Registro de Operaciones Económicas en la Sede Electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
- Fecha incentivada con desgravación: A partir del 1 de enero de 2022. Se establece una compensación de hasta el 15% en IRPF o Sociedades para los autónomos, microempresas y pymes que implanten Batuz en 2022 o 2023. Los y las contribuyentes deberán comunicar su opción por la aplicación voluntaria a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia antes de 1 de enero de 2024. Más información en https://www.ebizkaia.eus/es/catalogo-de-tramites-y-servicios?procID=1944
- Fecha obligatoria para su aplicación: a partir del 1 de enero de 2024.
Incentivos fiscales por implantación de TBAI en Bizkaia
Desde la Diputación Foral de Bizkaia se propone una serie de incentivos fiscales para fomentar la adopción de la normativa Batuz. La compensación propuesta será mayor cuanto antes se implante Batuz, y únicamente se podrán beneficiar de ella trabajadores autónomos, microempresas, pequeñas y medianas empresas que implanten Batuz en 2022 y 2023. La adopción voluntaria de Batuz deberá realizarse al comienzo de cada trimestre y para ello será necesario inscribirse en un registro ad hoc.
La progresividad de la compensación se establecería acorde a la siguiente tabla.
- Las personas que implanten Batuz desde el 1 de enero de 2022 dispondrán de una reducción del 15% de su base imponible en I.R.P.F o I.S en los ejercicios 2022 y 2023.
- Desde el 1 de abril de 2022, la compensación será del 13% en 2022 y 2023.
- Desde el 1 de julio de 2022, del 11% en 2022 y 2023.
- Desde el 1 de octubre de 2022, del 9% en 2022 y 2023.
- Desde el 1 de enero de 2023, del 5% en 2023.
- Desde el 1 de abril de 2023, del 4% en 2023.
- Desde el 1 de julio de 2023, del 3% en 2023.
- Desde el 1 de octubre de 2023, del 2% en 2023.
Así mismo, se prorroga dos años más, hasta el 31 de diciembre de 2023, la deducción en cuota del 30% de los gastos en los que el profesional o la empresa incurra para adaptar sus sistemas informáticos a Batuz, así como si para ello necesita adquirir nuevos equipos.
TicketBai en Araba
La Diputación alavesa comenzará a implantar el 1 de enero 2022 el nuevo sistema fiscal para empresas, pymes y autónomos TicketBai "de forma voluntaria" y el periodo obligatorio de manera progresiva, dependiendo del sector, el 1 de abril 2022.
Los obligados tributarios con domicilio fiscal en Álava, con el uso de TicketBAI remitirán el archivo XML-TicketBAI a la Hacienda Foral de Álava en el mismo momento en que se produzca la factura, es decir, la remisión será online y automática. Ello implicará la necesidad de tener acceso a internet.
Plazos para la implantación de TicketBai en Araba
- Fecha del período voluntario 1 de enero de 2022
- Fecha obligatoria 01/04/2022 Asesorías (personas físicas y jurídicas) que sean colaboradoras de la Diputación Foral de Álava
- Fecha obligatoria 01/07/2022 Sección 1ª, el epígrafe 652.1: “comercio al por menor de medicamentos, productos sanitarios y de higiene personal.”, así como en la Sección 2ª a todos los epígrafes incluidos en la misma, esto es: todos los que ejerzan una actividad profesional.
División 0. Profesionales Relacionados Con La Agricultura, Ganadería, Caza, Silvicultura Y Pesca.
División 3. Profesionales Relacionados Con Otras Industrias Manufactureras
División 4. Profesionales Relacionados Con La Construcción
División 5. Profesionales Relacionados Con El Comercio Y La Hostelería
División 6. Profesionales Relacionados Con El Transporte Y Las Comunicaciones
División 8. Profesionales Relacionados Con Otros Servicios
- Fecha obligatoria 01/12/2022 Resto de contribuyentes.
¿Cómo acogerse a TBAI de modo voluntario?
No es necesario realizar ningún trámite administrativo. Tan solo debe comenzar a enviar los ficheros XML. Durante el periodo voluntario no existe vinculación y puede remitir y dejar de remitir los ficheros XML TicketBAI cuando desee. En el periodo voluntario la cumplimentación de la obligación es completa y conlleva todo el proceso de generación del fichero, firma electrónica, la inclusión del Código TBAI y de QR en la factura y remisión inmediata del fichero XML a la Administración Tributaria.
Incentivos fiscales por implantación de TBAI en Araba
Para ayudar en la implantación de, en la normativa se van a contemplar beneficios fiscales que incentiven las inversiones que se deban realizar.
Deducción del 30% del importe de las inversiones y gastos efectuados con ocasión de la adaptación a TicketBAI en:
- Adquisición de equipos y terminales, con su software y periféricos asociados, que permita cumplir con la obligación TicketBAI.
- Adquisición, suscripción, entrega, actualización o renovación del software necesarios para cumplir con TicketBAI.
- Adquisición, suscripción, entrega, actualización o renovación del software de firma electrónica a implementar para cumplir con la obligación TicketBAI.
Las citadas inversiones y gastos deberán haberse realizado antes de la entrada en vigor, de forma obligatoria, para cada sector de actividad. La deducción anteriormente indicada será del 60%, aplicable sobre los mismos conceptos, siempre que se comience a cumplir con la obligación TicketBAI al menos con un mes de antelación a la fecha obligatoria, según el calendario antes descrito.
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Ayudas para la implantación de TicketBai 2022 en Araba
Objetivo: Apoyar a autónomos y empresas del sector comercial alavés en la financiación de inversiones de software relacionadas con la puesta en marcha del TicketBAI.
Plazo:
- Hasta el 03/10/2022 a las 14:00 horas.
Entidades beneficiarias:
- Trabajadores autónomos, que tengan como máximo 8 personas empleadas.
- Sociedades civiles o comunidades de bienes formadas por un máximo de 9 autónomos.
- Sociedades mercantiles cuyas participaciones en la empresa correspondan a un máximo de 9 trabajadores que coticen.
Gastos subvencionables:
- Gastos que sean coadyuvantes a la puesta en marcha de los proyectos, resulten necesarios y se realicen en el plazo establecido.
- La adquisición, suscripción, entrega, actualización o renovación de software necesario para cumplir la obligación del TicketBAI, incluida la instalación e implantación.
Cuantías y límites de las ayudas
- El porcentaje de subvención aplicable a los correspondientes presupuestos subvencionables será del 50 por ciento.
- La cuantía de subvención máxima se establece en 1.000 euros por beneficiario.
- La cuantía de subvención mínima se establece en 200 euros por beneficiario por lo que el importe mínimo de gastos totales subvencionables para tener derecho a la subvención es de 400 euros.
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Odoo adaptable a TicketBAI
Odoo Community es un ERP de alto nivel orientado a pequeñas y medianas empresas, de código abierto y sin coste de licencias.
Con Odoo la gestión empresarial resulta sencilla ya que, desde una única plataforma, la empresa puede gestionar Contabilidad y Finanzas, Ventas, RRHH, Compras, Proyectos, Almacenes, CRM o Fabricación entre otras.
Al tratarse de una aplicación modular, permite añadir funcionalidades con los datos unificados y dentro de la misma interfaz.
Con la entrada en vigor de Ticket BAI, la comunidad de desarrolladores de Odoo ha desarrollado el código para adaptar la aplicación a los requerimientos específicos de esta nueva normativa. Microempresas y pymes con actividad en Euskadi podrán cumplir con sus obligaciones tributarias de la manera más óptima, sin ataduras y con total garantía.
Con Odoo cualquier empresa podrá:
- Generar facturas por cada producto o servicio que comercialice.
- Crear ficheros adaptados al formato requerido por el sistema Ticket BAI.
- Reportar la información a la Hacienda Foral correspondiente.
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